«La expulsión judicial de extranjeros como medida de seguridad de sustitución de las penas privativas de libertad es una opción político criminal adoptada por el Reino de España a fin de evitar la permanencia del condenado extranjero en nuestro país, pero no como medio de prevención general de delitos, sino más bien, encauzada a desmasificar las cárceles españolas.
La sustitución de la pena privativa de libertad está contemplada en nuestro ordenamiento jurídico en el Artículo 89 1 del Código Penal y que fue introducida allá por el año 2000 (LO 8/2000), siendo modificado por las LO 11/2003 y 5/2010.»
Recientemente se ha presentado por parte del responsable de Prolex (José Enrique Pérez Palaci) el trabajo final bajo el título La Expulsión Judicial en el curso organizado por la Universidad de Zaragoza (Introducción al derecho de Extranjería y su práctica) de conocido prestigio a nivel académico y forense, ampliando y actualizando los conocimientos para ofrecer a los clientes un mejor servicio.